A Global Alert on Femicidal Violence: a feminist call

DLVRADIO Opinion Claudia Espinosa

Han pasado por lo menos cincuenta años desde que el feminismo comenzó a denunciar que las mujeres eran asesinadas por misoginia en diversas partes del mundo, allí, cuando apenas se elaboraban los constructos teóricos que dieron paso a tipos penales actualmente vigentes en América, lo primero que quedaba claro era el sexo de las víctimas.

Siendo que en pleno siglo XXI (cómo la cúspide del avance civilizatorio que imaginábamos), este punto se ha puesto en duda junto con otras características tanto del hecho como del contexto que se toman o se dejan de acuerdo a lo que a cada Estado le conviene reconocer, investigar y sancionar o no la extrema violencia que se significa un fenómeno criminal de estas características en cualquier parte del mundo se vuelve indispensable volver a la raíz.

Una de ellas fue precisamente el Tribunal Internacional de Crímenes contra las Mujeres de Bruselas del 4 al 8 de marzo de 1976, cuya idea se originó un par de años atrás en oposición a la conferencia de las Naciones Unidas en México donde estaban los gobiernos y no el movimiento feminista. En aquel momento, de las dos mil mujeres que acudieron a dicho llamado desde 40 países varias tenían un riesgo de muerte dada la naturaleza de odio de sus naciones para con ellas.

Entre lo denunciado justo estaba la prohibición de la anticoncepción, del aborto, la esterilización forzada, la violación sexual en general y aquella como modo de tortura a mujeres lesbianas, las agresiones físicas y psicológicas del ámbito familiar, el sometimiento a la pobreza y a la prostitución, la mutilación genital, el matrimonio forzado, la pornografía y el femicidio definido por Diana Russell como: “El asesinato de odio de mujeres perpetrado por hombres”. Al respecto, el testimonio desde los Estados Unidos dio cuenta de casos tomados de los periódicos de San Francisco y cito:

Janet Ann Taylor, 21 años: Estrangulada y tirada a un lado de la carretera en San Mateo, Mariko Sato, 25 años: Apuñalada, cortada y balaceada, Darlen Maxwell, 28 años: Atada del cuello, las muñecas y los tobillos con una soga, amordazada, Betty Jean Keith, 25 a 30 años: Apuñalada en el cuello, su cuerpo fue abandonado en el agua del Richmond. May E. Robinson, 23 años: Apuñalada en dieciocho ocasiones por su novio”.

Está usted observando los primeros rasgos criminológicos: mujeres violentamente agredidas, violadas o golpeadas, cuyos cuerpos fueron cercenados y mutilados, abandonados en espacios públicos, etcétera, pero ninguno fue definido por esa disciplina ni por el derecho penal quienes lo habrían “entendido” y aún lo hacen como “crímenes pasionales” u “homicidios por honor” y considerados atenuantes de la pena para esos delincuentes en tanto eran varones conocidos o unidos a las víctimas.

Pero en este análisis originado por el movimiento feminista está el sexo que en la especie humana se divide en dos: si el cromosoma es XY estamos ante un varón y si es XX ante una hembra, es decir una mujer, la única víctima posible del femicidio o feminicidio.

Esta primera denuncia y concepto del femicidio fue a también por señalar que no eran casos aislados, ni la acción de unos pocos locos, sino que constituían actos que eran el resultado  de un odio hacia las mujeres introyectado en todas las culturas y que tenía otras manifestaciones, por ello cuando se publicó “The Politics of Woman Killings” el feminicidio continuó siendo definido como: “El asesinato misógino de las mujeres a manos de hombres”.

Vinculándolo a otras agresiones Jill Radford afirmó que la violación, el acoso sexual, la pornografía, el abuso físico en contra de mujeres y niñas constituían un continuum de violencia que busca dañar y degradar a las mujeres así como el control que pudiesen ejercer sobre su propio cuerpo. Pero que a su vez traían una intención implícita: La preservación del poder y el sometimiento sobre ellas.

Este antecedente es lo que en la actualidad se reconoce en definiciones como la que en México señala la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia gracias a Marcela Lagarde y de los Ríos:

“Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, producto de la violación de sus derechos humanos y del ejercicio abusivo del poder, tanto en los ámbitos público y privado, que puede conllevar impunidad social y del Estado. Se manifiesta a través de conductas de odio y discriminación que ponen en riesgo sus vidas o culminan en muertes violentas como el feminicidio, el suicidio y el homicidio, u otras formas de muertes evitables y en conductas que afectan gravemente la integridad, la seguridad, la libertad personal y el libre desarrollo de las mujeres, las adolescentes y las niñas”.

Hagamos el ejercicio de aplicar el mecanismo de ese instrumento jurídico en otro país porque voy por la hipótesis de que encontraremos elementos para decretar Alertas de Violencia como las más de 25 que tiene el 70% del territorio mexicano. Tenemos tres vías para ello:

  1. Que exista un incremento persistente de hechos o delitos contra la vida, la libertad, la integridad y seguridad de las mujeres en un territorio concreto.
  2. Que haya omisiones documentadas y reiteradas de las autoridades para cumplir con sus obligaciones de prevenir, atender, sancionar y dar acceso a la justicia.
  3. Que se de un agravio comparado en la ley que restrinja derechos a las mujeres, discrimine y cause desigualdad o que al aplicarse afecte el acceso a la justicia por ir en detrimento de éstas cuando son víctimas.

Así habría Alerta de violencia feminicida en España por agravio comparado en tanto el borrado jurídico de las mujeres y la laxitud de las penas de delitos sexuales como la ley “si es si” de Irene Montero, permitió salir a más de mil condenados entre esos los de la violación de Pamplona de 2016 o al futbolista Dani Alves, en tanto otorgan un mensaje de impunidad: puedes violar si puedes pagar.

No es falta de recursos en 2023 fueron 320 millones de euros pero el número de víctimas de violencia aumentó aproximadamente a 100, en tanto la ministra actual Ana Redondo aprende a dar condolencias como la anterior instando en la norma y en el discurso a que las mujeres víctimas no deben desear el castigo a sus agresores y sin pretender sentencias agravadas, es decir sin nombrar estos crímenes como lo que son: feminicidios.

Al igual, podríamos dar con elementos para decretar una Alerta de Violencia Feminicida para Colombia en donde ha ido a peor el cambio de gobierno: los dos últimos años llevan 1263 feminicidios, a ello se suma la situación denunciada en territorios como Cúcuta, frontera con Venezuela, donde la explotación sexual, la violencia y la pobreza son constantemente señaladas por las organizaciones feministas como Mujer Denuncia y Muévete y WDI Colombia.

El último informe de CEDAW a ese país compartía la preocupación de un alto nivel de impunidad, feminicidios, violencia sexual y contra defensoras de derechos humanos sobre todo en zonas rurales para lo cual requirió la especialización del sistema de justicia y estrategias para combatir estereotipos patriarcales y sexistas sobre el papel de niñas y mujeres en la sociedad.

La respuesta de Colombia ha sido despojar a las mujeres como sujetas de derechos humanos, de ahí la decisión del Presidente Gustavo Petro y de Francia Márquez Ministra de Igualdad de crear en su interior una dirección de “actividades sexuales pagas” es decir una oficina para inducir a la prostitución de las mujeres en lugar de que el Estado cumpla con sus obligaciones internacionales en la materia y doblando el riesgo de muerte en el que viven.

Inclusive países como Alemania, considerados entre los más avanzados en materia de derechos, (cuna teórica del derecho penal particularmente), cabe perfectamente en la hipótesis de agravio comparado para emitir una Alerta de Violencia Feminicida desde el año 2002 cuando reguló la prostitución y luego en 2017 cuando integró mayores obligaciones a las mujeres en dicha condición para rendir cuentas sobre su nacionalidad, su salud y claro sus “impuestos”.

Como el negocio proxeneta tampoco se sanciona penalmente, es legal la explotación sexual por lo tanto hay aproximadamente más de 40 mil mujeres a las que el Estado no les reconoce dignidad alguna pero sí más de 2 mil “empresas” para satisfacer a los puteros.

Si suma que ahora el parlamento de ese país aprobó el borrado jurídico de las mujeres y que en la convenenciera confusión entre sexo y género cada quien va a ser lo que le venga en gana, la estadística de mujeres víctimas dejará de ser confiable porque nuevamente, como escribí antes,  el sexo es una variable indispensable para responder sobre el avance en derechos humanos como la Convención CEDAW que también le solicitó expresamente a Alemania reconocer las elevadas tasas de feminicidio y su modelo fallido para distinguir obviamente entre la prostitución que permiten y la explotación sexual porque son la misma cosa.

En cuanto al movimiento feministas, que es radical y abolicionista, estamos en un momento muy similar al de nuestras antecesoras en los años setenta, con unos organismos internacionales omisos y de política simbólica, con una serie de amenazas de desaparecer de la faz jurídica de los gobiernos y de que sus deberes con nosotras como sujetas de derechos y la misma dignidad humana sean sólo para varones. Es urgente y necesaria la reconformación internacional si no queremos la esclavitud blanqueada como realidad vivida de las siguientes generaciones.

Claudia Espinosa Almaguer

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