La desescalada: Fase 1 que puedo hacer?

La desescalada

Aquí os dejamos un resumen de las normas puestas por el Gobierno para la fase 1.

Movilidad entre municipios

Las personas se pueden mover dentro de la misma provincia siempre y cuando todos los municipios de esa misma provincia esten en fase1. No se podrá desplazarse a otras provincias, aunque sean de la misma comunidad autónoma. En Euskadi, se podrán desplazar entre municipios colindantes de distintas provincias solo en los tránsitos habituales para actividades socioeconómicas.

Las franjas horarias siguen siendo las mismas

Para los paseos, deporte y las permitidas en la fase 0. El resto de nuevas actividades permitidas se podrán realizar a cualquier hora, sin que haya horquillas para mayores o niños. El Gobierno permite ir a una terraza, o acudir a un museo o a una tienda de ropa sin límites horarios.

En principio estas normas son iguales para todas las Comunidades Autónomas, con pequeños matices

La orden da libertad a que las comunidades autónomas modifiquen las franjas horarias. Podrán adelantarlas o retrasarlas con un margen máximo de dos horas, pero lo que no podrán nunca es ampliar la duración total de cada franja. El Gobierno ha permitido esta flexibilidad tras la solicitud de varias comunidades para así evitar las horas de más sol.

Las personas que nos podemos juntar y donde

En la fase 1 se permite volver a mantener un contacto social con otras personas en grupos reducidos de no más de 10 personas. Siempre dentro de la misma provincia. Estos encuentros se podrán realizarse con amigos o familiares y en domicilios, al aire libre o en terrazas. La orden determina que el límite numérico no se aplicará en el caso de que las personas vivan juntas. Están excluidas las personas que pertenezcan a grupos vulnerables al virus, las que tengan síntomas, estén en aislamiento o en cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona diagnosticada con coronavirus.

Estos encuentros grupales deben producirse respetando las medidas de seguridad e higiene: el lavado de manos y el mantenimiento de una distancia de dos metros con mascarillas.

Se puede ir a una segunda residencia dentro de tu misma provincia

Se permitirá desplazarse a las segundas residencias que se encuentren en la provincia que este en fase 1.

Los colegios abrirán para ser acondicionados

En la fase 1 se permite abrir los centros educativos y los laboratorios universitarios para ser desinfectados, acondicionarlos y realizar funciones administrativas. Serán los directores de los mismos los que determinen, el personal docente y auxiliar necesario para llevar a cabo estas tareas y siempre garantizando la distancia física de seguridad de dos metros.

Los entierros y misas se permiten

La orden amplía la capacidad para los velatorios, en los que siempre se deberán mantener las medidas de seguridad. Podrán acudir un máximo de 15 personas para los que se celebren al aire libre y de 10 para los que lo hagan en recintos cerrados. La comitiva la puede formar un máximo de 15 personas entre familiares y conocidos, además de la persona que oficie o dirija la ceremonia.

Se abren los lugares de culto, respetando las medidas de higiene y protección debidas, siempre con un aforo que no sea superior a un tercio del local.

Abren los comercios

Todo los comercios y establecimientos de menos de 400 metros cuadrados y los que tengan acceso directo desde la calle, aunque estén en un centro comercial. Ya no habrá que tener cita previa, pero deberán cumplir con varios requisitos: el aforo permitido solo será del 30% “incluido los/as trabajadores/as” y tiene que garantizarse entre personas una distancia de dos metros. Si las dimensiones del local no lo permiten, solo podrá estar dentro del local una persona. Además, tendrán un horario de atención prioritario para personas mayores de 65 años.

Los mercadillos al aire libre también pueden recuperar su actividad, siempre que lo decidan los ayuntamientos de cada localidad. Con una limitación del 25% de los puestos habituales y un tercio del aforo, los ayuntamientos pueden ampliar el espacio del que disponen para que así se produzca un espacio equivalente a la limitación especificada por el BOE.

El Gobierno permite también, la reapertura al público de los concesionarios de coches, las estaciones de inspección de vehículos (ITV), los centros de jardinería y viveros de plantas sin límite de superficie, pero con cita previa. Podrán abrir las administraciones de lotería. Los establecimientos deben tener una superficie máxima de 400 metros cuadrados y acceso directo e independiente desde el exterior de la calle.

Condiciones para abrir un establecimiento

Las tiendas y comercios con apertura al público tienen que cumplir con estrictas medidas de higiene y de seguridad. Deberán desinfectar las instalaciones como mínimo dos veces al día (una de las cuales es obligatoria al final de la jornada) prestando más atención a las superficies de un contacto frecuente y ha los puestos de los trabajadores/as en cada cambio de turno. Se tienen que lavar los uniformes de los empleados/as a entre 60 y 90 grados. Se debe garantizar una ventilación adecuada y disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal.

En el local entre el vendedor y el cliente, el espacio debe de ser de un mínimo de un metro si hay una barrera entre ellos. Si no se dispone de ellas, será de dos metros. En el caso de los servicios que no permitan mantener la distancia de seguridad por su actividad, como las peluquerías o centros de estética, se deben usar los debidos equipos de protección. Los comercios tienen que señalar la distancia de seguridad de dos metros mediante marcas en el suelo, carteles o balizas y poner a disposición de los clientes y trabajadores/as geles de desinfección hidroalcohólicos.

Los clientes no podran usar los aseos de los locales, a menos que sea estrictamente necesario y si es así se deberán desinfectar al posterior uso de los mismos. Hay que limpiar los vestuarios en las tiendas de ropa tras cada uso, solo podrán ser ocupados por una persona a la misma vez. Si alguien se prueba una prenda que luego no la compre, el comercio debe higienizarla posteriormente.

Los establecimientos que tengan aparcamiento con lector de tícket que exige contacto, se tendrá que sustituir por un control manual por parte del personal. Los ascensores su usarán el mínimo imprescindible y una persona como máximo, salvo de que pueda garantizar una distancia de dos metros entre ellos.

Habrá terrazas y su uso será el siguiente

Las terrazas pueden abrir al 50% de su capacidad total. Los bares y restaurantes deben asegurar una distancia de dos metros entre mesas y con un máximo de diez personas en la misma. Los ayuntamientos pueden ampliar las licencias de espacio, pero siempre deberá respetarse la proporción de mesas-superficie y el espacio para los peatones deberá incrementarse de forma proporcional.

Los propietarios de los establecimientos tienen que limpiar y desinfectar las mesas y las sillas y hacer uso de mantelería de un solo uso “prioritariamente”. Si no fuera posible, se tiene que evitar que varios clientes usen la misma. Tienen que poner disposición de los clientes geles hidroalcohólicos, a ser posible el pago se realizara con tarjeta de crédito y se limpiará el datáfono tras cada uso. Las vajillas deben almacenarse en recintos cerrados y, si no fuera posible, mantenerse lejos de las zonas de paso de persona, se debe evitar el uso de cartas comunes y eliminar de las mesas palilleros, servilleteros, etc… La ocupación máxima de los aseos será de una persona, salvo si necesita asistencia.

Abren los hoteles

La actividad hotelera está permitida en esta fase. Los establecimientos pueden abrir todas sus habitaciones, aunque no estarán operativos los espacios comunes, como los restaurantes. Los objetos susceptibles de ser manipulados por los clientes, como los ascensores, tienen que desinfectarse cada dos horas. Deben instalarse carteles informativos en los idiomas más habituales, exponiendo en los mismos las restricciones en el uso de las instalaciones y las normas de higiene.

Las bibliotecas vuelven abrir

Se puede acudir a las bibliotecas para pedir prestados libros como para leer en las salas. Estos espacios tienen un aforo limitado del 30%, según la orden ministerial. Las obras serán solicitadas por los usuarios y proporcionadas por el personal de sala para evitar que se toquen los libros. Los libros consultados se depositarán en un lugar apartado y separados de los demás durante 14 días como mínimo. No se permiten todavía las actividades de estudio en sala ni las actividades culturales. Las bibliotecas no pueden ser un sitio para permanecer en el de momento. Tampoco estarán disponibles los ordenadores ni medios informáticos.

Los centros deben instalar pantallas protectoras o mamparas cuando proceda, poner marcas en el suelo para que se mantenga la distancia en la atención al público y tener dispensadores de geles hidroalcohólicos en las zonas de acceso y contacto con el público. Las zonas que no están habilitadas deben de estar cerradas y señalizadas y la persona responsable de la biblioteca debe garantizar que los libros los manipule el menor número posible de personas.

Los museos y como actuaran

La orden establece un máximo de aforo del 30% para las visitas. Serán individuales o en grupo si se trata de una misma unidad familiar. Se debe mantener la distancia de seguridad entre las personas. Las audioguías y dispositivos de uso táctil quedarán fuera de uso debido al alto riesgo de contagio. Se recomienda la venta de entradas online. El servicio de consigna permanecerá cerrado.

Los museos deberán instalar mamparas de protección en las taquillas o mostradores de información para impedir el contacto directo con los trabajadores y colocar dispensadores de geles hidroalcohólicos en los accesos. Las instalaciones del museo tienen que desinfectarse periódicamente valorando que las superficies a tratar revistan de un mayor o menor valor histórico o artístico.

Se podrán hacer espectáculos culturales pero controlados

Se permite empezar a celebrar espectáculos culturales pero muy controlados. Solo con un máximo de 30 personas en espacios cerrados y con un tercio del aforo normal. Si son al aire libre se podrán juntar hasta 200 personas, pero manteniendo siempre la distancia mínima de seguridad. Las instalaciones se desinfectarán antes de cada actuación. La dirección artística controlara que los artistas en el escenario mantengan la distancia de seguridad pertinente. No pueden compartir vestuario entre ellos si no se ha desinfectado previamente.

También se podrán retomar los rodajes bajo unas estrictas condiciones de seguridad. Se permite grabar en platós y en los exteriores si cuentan con las correspondientes autorizaciones del Ayuntamiento de turno. Si hubiera interacción física directa entre los actores y actrices se deberán establecer medidas específicas para cada caso particular por los responsables del rodaje a partir de las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias.

Funcionamiento de los centros deportivos

Se permite a los territorios que puedan abrir los centros deportivos públicos o privados para uso individual o de un máximo de dos personas si la modalidad deportiva así lo requiriese. Siempre se acudirá con una cita previa. No se podrán usar los vestuarios y duchas.

Se restablece la actividad también en los centros de Alto Rendimiento, donde los deportistas podrán acceder con un entrenador si fuese necesario, las personas con discapacidad o menores de edad que requieran la presencia de un acompañante. Los deportistas tendrán que acudir al centro más cercano a su domicilio, aunque si no hay en su provincia podrían desplazarse a otra con un justificante.

Los servicios sociales

Se dispone la apertura de todos los centros recogidos en el Catálogo de Referencia de Servicios Sociales. Se dara atención a aquellos ciudadanos que lo necesiten, prestando especial atención a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad o en situación de dependencia.

Siempre que se pueda se recomienda el teletrabajo

El Ministerio de Sanidad sigue recomendado el teletrabajo en esta fase en los casos en los que los trabajadores lo puedan realizar.

Derechos las personas que tienen que trabajar

Los empleadores están obligados a garantizar la distancia de seguridad entre los trabajadores sea de dos metros, para lo que los empresarios deben modificar la disposición física de los puestos de trabajo y la organización de los turnos. Si no se puede garantizar esa distancia mínima de seguridada, se asegurarán de que le personal que trabaje disponga de los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo de su puesto, y de que reciban la formación adecuada para el uso de los mismos. Además de disponer de, agua, jabón y geles hidroalcohólicos. El fichaje con huella dactilar debe ser sustituido por otro sistema.

En los aseos, vestuarios o áreas de descanso se deben cumplir las distancias de seguridad, incluso en las cocinas en el caso de los restaurantes o bares. Para los que trabajen en cocinas, restauración, bares, etc.… el empresario debe habilitar un espacio para que puedan cambiarse de ropa al iniciar y terminar su turno de trabajo. Y siempre que no se pueda respetar la distancia de dos metros, será obligatorio el uso de mascarillas.

Aquellos trabajadores que estén infectados, presenten síntomas o se encuentren en cuarenta por haber tenido algún contacto con alguien confirmado no pueden incorporarse a sus puestos de trabajo.

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