El borrador de ley de cambio climático no mejora el anterior. Presenta objetivos insuficientes y no concreta medidas en sectores clave en la descarbonización.
- Enfrentar la emergencia climática hace necesario un debate más profundo sobre el reto civilizatorio que supone y que no se ve recogido en la ley.
- El desarrollo de las piezas legislativas que emanan de la ley es una oportunidad para alcanzar un mayor compromiso climático, mientras que la revisión al alza de los objetivos hasta ser suficientes debería comenzar ya para prevenir las peores consecuencias del cambio climático.
Hace más de dos años que se inició la tramitación del Anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética que acaba de ser aprobado por la Comisión del Congreso de los Diputados destinada a tal fin. A lo largo del proceso organizaciones como Ecologistas en Acción han trasladado numerosas observaciones al texto, instando a los grupos políticos a añadir enmiendas más ambiciosas, publicando notas de prensa y apoyando la organización de movilizaciones sociales reclamando objetivos en línea con las indicaciones científicas. A pesar de todo ese esfuerzo el texto finalmente aprobado apenas recoge las observaciones enviadas.
El texto aprobado poco dista en lo sustantivo de los planes iniciales presentados en febrero de 2019, tanto en el marco de la ley como en el Plan Nacional Integrado de Clima y Energía. Como ya manifestó en su primera valoración en abril de 2019, Ecologistas en Acción advierte de que los borradores presentados tiene numerosas deficiencias, entre las que destacan la insuficiencia de los objetivos y la falta de medidas clave en sectores como el transporte, la agricultura o la industria. Así, en 2030 seguirán siendo necesarios más de dos planetas para abastecer la demanda energética. Para la organización ecologista la falta de inclusión de estas medidas hace que esta ley sea una oportunidad perdida para el impulso de medidas destinada hacia un cambio de escala de lo global a lo local, reduciendo con ello importantes impactos climáticos y sociales.
Las organizaciones ambientales han reclamado a lo largo de estos meses un debate público sobre si esta normativa es suficiente para evitar un incremento de la temperatura global superior a 1,5 ºC y cumplir con ella el Acuerdo de París. A la luz de las indicaciones científicas esto no es así. Naciones Unidas cuantificaban en un 7,6 % anual el descenso de las emisiones hasta 2030, lo que debería llevar a una reducción de al menos el 55 % de las emisiones, y no del 23 % que propone la ley.
La falta de acceso público a las negociaciones finales de las enmiendas de la ley genera que las organizaciones sociales y la ciudadanía tengan poca capacidad de influir para la mejora de los textos. Ecologistas en Acción considera muy preocupante que los cambios de última hora pueden rebajar la ya insuficiente ambición del texto. Esto ha quedado de manifiesto con la eliminación de la palabra “aéreo” del artículo 11 referido originalmente a medidas concretas sobre la aviación, que abre la posibilidad de seguir incluyendo como renovables en todo el transporte a biocombustibles y otros carburantes alternativos. No es admisible que se le dé el mismo tratamiento a los combustibles destinados al transporte aéreo que los destinados al terrestre o marino. El transporte terrestre se debe descarbonizar bajo los principios de reducción de la demanda y máxima eficiencia. En lo que se refiere a la eficiencia, los combustibles avanzados están muy por debajo en uso directo de electricidad. Un reciente estudio señala que para alimentar tan solo un 10 % de los coches, las furgonetas y los camiones pequeños con hidrógeno, y otro 10 % con e-diésel, en 2050 se necesitaría un 41% más de energías renovables que si estos fueran vehículos eléctricos con baterías. Si la mitad de los camiones pesados funcionaran con hidrógeno y la otra mitad con e-diésel, consumirían un 151 % más de recursos renovables en 2050 que en el caso de los vehículos directamente electrificados. Por estos motivos, el uso de electrocombustibles debe estar muy restringido y en ningún caso dedicarse al transporte terrestre.
La responsabilidad ante la urgencia de la emergencia climática hace ser lo suficientemente prudente como para admitir la necesidad de aprobar una ley que llega con más de una década de retraso. Tener una ley de cambio climático dará un mejor marco para el desarrollo de importantes sectores renovables con capacidad para sustituir a las fuentes energéticas fósiles. La prohibición de futuros proyectos de explotación de hidrocarburos o minerales radiactivos, el impulso de las comunidades energéticas, el establecimiento de objetivos de rehabilitación energética de edificios o la obligatoriedad de adoptar en los municipios zonas de bajas emisiones son buenas noticias que deberían ser aún más ambiciosas.
Enfrentar la emergencia climática hace necesario un debate más profundo sobre el reto civilizatorio que supone y que no se ve recogido en la ley. Esta se centra más en los procesos de sustitución tecnológica que en afrontar que cualquier futuro viable pasa por comprender y asumir la necesidad de reducir aún más el consumo energético neto en los próximos años, y con ello la reestructuración de la sociedad en base a los límites territoriales y planetarios. Basar la apuesta de la transformación ecológica únicamente en medidas blandas basadas en incentivos o penalizaciones fiscales no parece el camino más transformador. Por ello, son necesarios instrumentos legislativos más detallados en materia de planificación vinculante y regulación. Mientras sigan siendo los grandes intereses empresariales los que determinen la ubicación, idoneidad o tamaño de los proyectos necesarios para abordar la transición energética, se seguirán agravando las tensiones territoriales, fragmentaciones e impactos en valiosos ecosistemas.
Ecologistas en Acción sostiene que no se puede pensar que con esta ley se han cumplido suficientemente los objetivos climáticos. Al contrario, se hace necesario continuar con una revisión profunda de la normativa en línea con las indicaciones científicas garantizando la plena compatibilidad de la lucha climática y la protección efectiva de la biodiversidad. El desarrollo de las piezas legislativas que emanan de la ley es una oportunidad para alcanzar un mayor compromiso climático, mientras que la revisión al alza de los objetivos hasta ser suficientes debería comenzar ya si se quieren prevenir las peores consecuencias del cambio climático.